Conforme la ley estatal vigente, la información de registración de votantes es un registro público. Sin embargo, el acceso del público a la información específica de un votante, incluyendo el domicilio residencial y número de teléfono, está restringida. Toda persona puede solicitar que su domicilio residencial, número de teléfono y correo electrónico se declare confidencial bajo una orden de la Corte Superior, o presentando una certificación autenticando que la persona participa en el Programa de Confidencialidad de domicilio para víctimas de violencia doméstica y acoso del Secretario de Estado.
A toda persona que se le conceda confidencialidad bajo estas circunstancias se le considerará votante ausente para todas las elecciones subsiguientes del Condado o hasta que el Condado sea notificado lo contrario por la corte, la oficina del Secretario de Estado o por escrito por el votante mismo.
Excepción: La información sobre los votantes está disponible para:
- Candidatos
- Comités de Campañas
- Personas autorizadas que utilicen esta información para fines electorales, académicos, periodísticos, políticos o gubernamentales