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Preguntas Frecuentes sobre la Registración del Votante

¿Quién puede registrarse para votar?

Requisitos de Elegibilidad:

Puede registrarse para votar y votar si:

  • Es ciudadano de los Estados Unidos,
  • Tiene 18 años o más el Día de la Elección,
  • No se encuentra actualmente en prisión estatal o federal, y
  • Actualmente, un tribunal no le ha declarado mentalmente incompetente para votar (para más información, por favor consulte Derechos de Voto: Personas Sujetas a Tutela Legal).
  • Personas con antecedentes penales que pueden registrarse para votar:

    • En la cárcel del condado:
      • Cumpliendo una condena por un delito menor (un delito menor nunca afecta su derecho al voto)
      • Debido a que el tiempo de cárcel es una condición de la libertad condicional (ya sea por un delito menor o un delito grave)
      • Cumpliendo una pena de prisión por un delito grave
      • A la espera de juicio
    • En libertad condicional o bajo supervisión
    • Bajo supervisión obligatoria
    • Bajo supervisión comunitaria tras la puesta en libertad
    • Bajo libertad supervisada a nivel federal
    • Una persona sujeta a una resolución judicial de tutela de menores

    Personas con antecedentes penales que no pueden registrarse ni votar:

    • Actualmente encarcelado en:
      • Prisión estatal
      • Prisión federal
    • Actualmente cumpliendo una condena por delito grave (felonía) en una cárcel del condado u otro centro correccional*
    • Actualmente en una cárcel del condado, a la espera de ser trasladado a una prisión estatal o federal tras una condena por un delito grave
    • Actualmente en la cárcel del condado por una violación de la libertad condicional
¿Cuándo puedo registrarme para votar?

No hay plazo de espera. Puede registrarse o volver a registrarse para votar en cualquier momento. Para poder votar en una elección, debe registrarse para votar al menos 15 días antes de una elección.

¿Como puedo obtener una solicitud para registrarme para votar?
Me he registrado en la oficina del Departamento de Vehículos Motorizados (DMV). ¿Por qué el Condado indica que no estoy registrado?

Un número de ciudadanos que creyeron que se habían registrado en las oficinas del DMV en realidad no están registrados. Pese a que marcaron la casilla en el formulario del DMV indicando que deseaban registrase para votar, muchos se olvidaron de llenar el formulario de registración del votante adjunto. El formulario de registración del votante debe llenarse y firmarse para poder convertirse en un votante.

¿Qué sucede si acabo de mudarme y no me he vuelto a registrar? ¿Calificaré para votar?

Si anteriormente estaba registrado en el Condado de Los Angeles y no ha vuelto a registrarse desde que se mudó dentro de los límites del Condado, puede votar en el lugar de votación que corresponde a su nuevo domicilio. Se le pedirá que vote con una boleta provisional y que nos proporcione su nueva dirección y su dirección anterior en el sobre de la boleta provisional.

Me gustaría registrarme para votar, pero soy una figura pública. ¿Se divulgará mi domicilio al público?

Conforme la ley estatal vigente, la información de registración de votantes es un registro público. Sin embargo, el acceso del público a la información específica de un votante, incluyendo el domicilio residencial y número de teléfono, está restringida. Toda persona puede solicitar que su domicilio residencial, número de teléfono y correo electrónico se declare confidencial bajo una orden de la Corte Superior, o presentando una certificación autenticando que la persona participa en el Programa de Confidencialidad de domicilio para víctimas de violencia doméstica y acoso del Secretario de Estado.

A toda persona que se le conceda confidencialidad bajo estas circunstancias se le considerará votante ausente para todas las elecciones subsiguientes del Condado o hasta que el Condado sea notificado lo contrario por la corte, la oficina del Secretario de Estado o por escrito por el votante mismo.

Excepción: La información sobre los votantes está disponible para:

  • Candidatos
  • Comités de Campañas
  • Personas autorizadas que utilicen esta información para fines electorales, académicos, periodísticos, políticos o gubernamentales
Soy un nuevo ciudadano y participé en la ceremonia de naturalización después de la fecha límite de registración. ¿Puedo aún registrarme para votar?

Sí. Las personas que obtengan la ciudadanía después del cierre del registro pueden inscribirse para votar y emitir su voto hasta el mismo Día de la Elección. El registro y la votación deben realizarse exclusivamente en la oficina principal de Norwalk. Los nuevos ciudadanos deben presentar su Certificado de Naturalización y declarar que han establecido su residencia en el Condado de Los Angeles.

¿Puedo registrarme para votar usando el domicilio de mi negocio o el número de mi P.O. Box (apartado postal)?

No. Una persona sólo puede registrarse para votar usando su lugar de residencia. El domicilio de un negocio o el número de un P.O. Box sólo puede usarse como dirección postal.

Soy estudiante de colegio y vivo cerca o en el campus, lejos de mi hogar. ¿Puedo registrarme usando la dirección residencial del colegio?

Como todos los ciudadanos elegibles, cualquier estudiante de colegio puede registrarse para votar usando su dirección residencial del colegio o puede usar el domicilio de su residencia familiar. La ley de California (Sección 2025 del Código Electoral) permite que los estudiantes de colegio establezcan domicilio o residencia legal donde asistan a la escuela si así lo desean.

No voté en la última elección. ¿Tengo que volver a registrarme?

No. Usted está registrado para votar, siempre y cuando permanezca en el mismo domicilio, por lo tanto, continuará recibiendo materiales electorales por correo. Sin embargo, si usted se muda a una dirección diferente o no ha votado en las muchas de las últimas elecciones, se le enviará un aviso solicitándole que confirme que no se ha mudado o que proporcione la información actual de su domicilio residencial. Su registración podría cancelarse por no responder a una correspondencia de confirmación de dirección o si no ha votado en ninguna elección realizada entre la fecha de envío del aviso y dos elecciones generales federales consecutivas.

¿Se requiere identificación para registrarse para votar?

La Ley Ayude a América a Votar (HAVA), estipula que las personas que se registren para votar por primera vez en el estado/jurisdicción, deben proporcionar una licencia de conducir válida de California o el número de la tarjeta de identificación del estado. Las personas que no cuenten con éstas pueden proporcionar los últimos cuatro dígitos de su número de Seguro Social. Si el votante proporciona un número de licencia de conducir o de tarjeta de identificación del estado que pueda corroborarse con el registro del estado, entonces no será necesario que el votante presente su identificación cuando vote.

Si una persona se inscribe por correo, no ha votado previamente en una elección para un cargo federal y:

  • Vota en persona:  Debe presentar una tarjeta de identificación con foto o un documento que indique el nombre y el domicilio residencial del votante.
  • Vota por correo:  Debe presentar una copia de la tarjeta de identificación con foto o documento con el nombre y el domicilio residencial del votante.
¿Puedo votar si actualmente estoy encarcelado?

Muchos californianos encarcelados en las Cárceles del Condado de Los Angeles aún tienen derecho a votar. En nuestro sitio web puede encontrar información sobre el Voto de las Personas Encarceladas.

¿Por qué participa el DMV en la registración de votantes?

La Ley de Registración de Votantes Nacional de 1993 (también conocida como la Ley de Votantes Motorizados) permite que las personas que realizan trámites en una oficina del DMV, se inscriban para votar o actualicen la información de registración electoral.

¿Qué sucede si he cambiado mi nombre, domicilio o afiliación política?

Llene y envíe un nuevo formulario de registración del votante con su nueva información. Su registración de votante siempre debe reflejar su domicilio residencial actual para garantizar que usted reciba el material de votación correcto con respecto a los candidatos y medidas en los que puede votar..

¿Puedo firmar una petición si no estoy registrado para votar?

No. Debe ser un votante registrado para que su firma sea válida en una petición. Si llena y firma un formulario de registración del votante el mismo día o en una fecha anterior a la firma de la petición, su firma será válida. El funcionario electoral debe recibir el formulario de registración del votante completo y firmado a la fecha en que la petición se presente a la oficina electoral o antes.

¿Es verdad que las listas de  registración de votantes se utilizan para seleccionar a los ciudadanos para servicio de jurado?

Sí. Los estatutos del Estado de California requieren que las listas de votantes registrados se proporcionan al Comisionado del Jurado para seleccionar ciudadanos para el servicio de jurado. Otra fuente para la selección del jurado es la lista de conductores con licencias y residentes con tarjeta de identidad del Departamento de Vehículos Motorizados dentro de la zona donde preste servicios la corte.

Si cancelo mi registración de votante, ¿tengo garantía que no me citarán para prestar servicio de jurado?

No. La División de Servicios de Jurado solicita la lista de archivos de votantes activos y de votantes que han cancelado su registración. Además, el Estatuto del Estado de California requiere que el Comisionado del Jurado tenga disponible las listas de conductores con licencia de conducir, obtenidas del Departamento de Vehículos Motorizados (DMV). Para información respecto a la citación para jurado, llame al (213) 974-5332 o 5333 o consulte los Servicios de Jurado del Condado de Los Angeles.

Hablo otro idioma. ¿Como puedo registrarme?

Si usted necesita la solicitud de registración en diferentes idiomas, nosotros le podemos asistir. El RR/CC provee las solicitudes de registración en 10 diferentes idiomas en cumplimiento con las leyes federales y estatales: hindi, japonés, camboyano/khmer, coreano, español, tagalo/filipino, tailandés y vietnamita.

Para solicitar materiales electorales, llame al 213-358-2770.

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